Buscá entre las ordenanzas y decretos del Honorable Concejo Municipal.
| Número | Fecha | Extracto |
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| 1383 | 07/12/1995 | Autorizase al Sr. Intendente Municipal Don Mario Rubén Silvestrini y al Sr. Secretario de Hacienda Don Alberto Fernando Chiappero, a firmar el contrato de obra pública respectivo con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo. Para la construcción de 25 viviendas.- |
| 1382 | 04/12/1995 | Aceptase la donación a favor de la Municipalidad de San Justo, que efectúan Rene Néstor Alesso , L.E. 7.876.216 y Haydee Isabel Tolosa de Alesso, L.C. 2.085.305, propietarios según declaratoria de herederos presentada, consistente en una fracción de terreno destinada a calle pública Nº 37 (Rivadavia), entre 52 (Gdor. Cabal) y 50 (Iriondo), |
| 1381 | 04/12/1995 | ORDENANZA Nro. 1.381 REGLAMENTO DE CEMENTERIOS PRIVADOS DE LA CIUDAD DE SAN JUSTO Los cementerios privados que se instalen en la ciudad de San Justo deberán tener características de cementerios parques; entendiéndose por tales a aquellas necrópolis en las que las inhumaciones se realizan exclusivamente por debajo del nivel del terreno y que tienen las características de parque o jardín. La Municipalidad, al evaluar las solicitudes de instalación y habilitación............... |
| 1380 | 28/11/1995 | Apruébase la participación de la Municipalidad de San Justo (SF), en el marco de la Operatoria “Titularización de Hipotecas para Municipios de Pequeñas Localidades con una población de no menos de 50.000 Habitantes”, implementada por el Banco Hipotecario Nacional, en relación al emprendimiento constructivo oportunamente registrado y que comprende la ejecución de 20 (VEINTE) unidades de vivienda, |
| 1379 | 28/11/1995 | Derógase la Ordenanza 1198/92. Prohíbese la venta de bebidas alcohólicas, para su ingesta al paso en la vía pública, en kioscos, carribares, minimercados de estaciones de servicio o comercios similares o afines. |
| 1378 | 28/11/1995 | Dispónese el Llamado a Licitación Pública para la concesión del kiosco, de propiedad de la Municipalidad de San Justo, (SF) ubicado en Plaza Gral. San Martín, en la intersección de calle 9 de Julio y Avda. Iriondo. |
| 1377 | 28/11/1995 | Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un convenio con la Dirección Provincial de Vialidad, referido a la provisión de un Motor Perkins 6-354 Turbo Fase 2 Nº PA 6.603.571 para ser afectado a trabajos que la Municipalidad de San Justo ejecutará. Facúltase al Sr. Intendente Municipal Mario Rubén Silvestrini, para que realice todos los actos necesarios para el cumplimiento del Convenio mencionado. |
| 1374 | 17/11/1995 | Apruébese los Planos, que forman parte de la presente Ordenanza, presentados por la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de Diseño Urbano y Habitacional de 25 Viviendas, a construir en esta localidad, en un todo de acuerdo a las disposiciones en vigencia. |
| 1373 | 17/11/1995 | La Municipalidad de San Justo asumirá la responsabilidad y los eventuales costos que originarán los rubros: Movimientos de Suelos y Fundaciones no previstos en el Presupuesto, en el terreno destinado a la mencionada obra a raíz de la construcción de las viviendas. |
| 1372 | 15/11/1995 | Declárase de Interés Ecológico, las especies arbóreas (TIPAS) existentes en calle Jorge Neme entre Urquiza y Fco. Angeloni, prohibiéndose su tala, bajo cualquier pretexto o fundamento. |
| 1376 | 14/11/1995 | ) El Departamento Ejecutivo Municipal, por donde corresponda y en un plazo no mayor de 20 (VEINTE) días corridos a partir de la promulgación de la presente, gestionará la autorización ante las autoridades del COMFER para la obtención de la licencia de una radio de Frecuencia Modulada Municipal, debiéndose informar al HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL en forma mensual de los avances de dicha gestión. |
| 1375 | 14/11/1995 | Fíjase en la suma de PESOS: DOSCIENTOS VEINTIDÓS MIL OCHOCIENTOS CATORCE ($ 222.814) el Presupuesto General de Gastos e Inversiones del Honorable Concejo Municipal de la Ciudad de San Justo (Sta. Fe), para el año mil novecientos noventa y seis, según cálculos realizados. |
| 1371 | 24/10/1995 | ANUNCIOS: Definición: Es todo donde constituye una advertencia visible desde la vía pública comprendido: AVISOS, LETREROS, CARTELES Y APARATOS PROYECTORES CON MOVIMIENTO ELÉCTRICO O MECÁNICO. Se distinguen los simples y los luminosos, estos se caracterizan por emitir o reflejar luz artificial de fuente colocada exprofeso. |
| 1370 | 24/10/1995 | Nomínase Presidente Perón, a la calle pública situada entre Jorge Neme y Brigadier General Juan Manuel de Rosas, que tiene su nacimiento en calle Reconquista y finaliza en calle Belgrano. |
| 1369 | 12/10/1995 | Introdúcese el Art. 510 a la Ordenanza 851/88 el que estará redactado de la siguiente manera: “Las penalidades por infracciones establecidas en Ordenanzas especificas dictadas con posterioridad a la fecha de promulgación de la presente, tendrán validez y serán de aplicación conforme la norma lo expresa”. El Art. 510 (De forma) de la Ordenanza 851/88, pasa a ser a partir de la promulgación de la presente Art. 511 |
| 1368 | 12/10/1995 | La colocación de TOLDOS y/o MARQUESINAS sobre la vía pública se regirá por las siguientes especificaciones: a) DE LA ALTURA: 2,40 m. de mínimo en su parte inferior y en el extremo más cercano a la calzada, no podrá superar los 3 m. Estas medidas se consideran tomadas respecto al nivel de la acera en la línea de edificación. b) DEL ANCHO: Máximo hasta alcanzar 0,80 m. de filo de cordón vereda. En caso de tratarse de calles que no posean cordón vereda se solicitará a la Municipalidad .......... |
| 1367 | 27/09/1995 | PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS E INVERSIONES Y CALCULO DE RECURSOS PARA EL AÑO 1995.- |
| 1366 | 25/09/1995 | Apruébase la concreción de un Convenio entre la Municipalidad de San Justo y la Dirección Provincial de Vialidad referido a la provisión de equipo por este Organismo para ser destinado a trabajos que esta Municipalidad ejecutará. |
| 1365 | 16/08/1995 | Nomínase “Gral. Manuel Belgrano” la Plaza Pública existente en el Barrio San Jose Obrero delimitada por las calles Iriondo, 35 sin nombre, 48 Bis lindando al norte con terrenos propiedad del Sr. Néstor Alesso. |
| 1364 | 08/08/1995 | ENSANCHE PAVIMENTO 9 DE JULIO - Modificase el Art. 3 de la Ordenanza 1358, que a partir de la promulgación de la presente quedará redactado de la siguiente manera: “El costo total del ensanche del pavimento por cuadra, será prorrateado entre los ,propietarios frentistas de la vereda norte, en proporción a los metros lineales que cada propietario tenga frente a la acera |