Ordenanzas y decretos

Buscá entre las ordenanzas y decretos del Honorable Concejo Municipal.

NúmeroFechaExtracto
344 30/11/-0001 Autorízace al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar un Concurso privado de precios para proceder a la reparación del Rastrojero Diesel – camioneta de propiedad municipal; del Camión regador SKODA; del motor de 15 HP afectado al bombeo de agua para riego y del motor afectado al bombeo de agua en la Plaza San Martín.
343 30/11/-0001 Fíjase como retribución mensual del Señor Maestro de Banda, a partir del 1/06/75, la suma de TRES MIL PESOS ($a. 3000,00).
341 30/11/-0001 Dispónese el otorgamiento de un subsidio de CINCUENTA MIL PESOS ($a. 50000,00) al AERO – CLUB SAN JUSTO, para contribuir a la compra de un avión CESSNA 150 que dicha entidad adquirirá a la FEDERACION ARGENTINA DE AEROCLUBES.
340 30/11/-0001 Autorizace al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar el Art. 3º del contrato suscripto entre la Munipalidad de San Justo y el Señor Hugo Juan Ardisana, en fecha 16/04/1973, modificado posteriormente por ordenanza 213/73, 249/74, 281/74, 302/74 y 320/75, elevando el precio del servicio atmosférico a que se hace referencia en el Art. 2º del citado contrato, a la suma de DOSCIENTOS OCHO PESOS ($a. 208,00), por viaje y hasta la capacidad de 7500 litros.
339 30/11/-0001 Modifícase la Ordenanza Nº 234 (de locales de diversión nocturna) en los siguientes Artículos: Art. 2º ) Inc.c, donde dice “Establecimientos Hospitalarios, Asilos, Hogares de reposo” por “Establecimientos Hospitalarios, Sanatorios, Asilos y Hogares de reposo”. Art. 3º ) Inc.a, idéntica modificación efectuada en el Art. 2, inc.c. Inc.b, agrégase a continuación “en víspera de días feriados el horario se extenderá hasta las cinco horas”.
338 30/11/-0001 Fíjase en la suma de CUATRO MIL PESOS ($a. 4000,00) mensuales, los gastos de representación del Señor Intendente Municipal a partir del día 1º de junio de 1975.
337 30/11/-0001 Fíjase en la suma de CUATRO MIL PESOS ($a. 4000,00) mensuales, los gastos de representación del Señor Intendente Municipal a partir del día 1º de junio de 1975.
336 30/11/-0001 Fíjase en la suma de CATORCE MIL SETECIENTOS PESOS ($a. 14700,00) la retribución mensual del Señor Intendente Municipal a partir del día 1º de junio de 1975.
335 30/11/-0001 Autorízace al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar el acuerdo de un prestamo de NOVECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS($a950000,00) ante la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO, su destino a la financiación para la terminación del nuevo edificio municipal de San Justo y a contraer las obligaciones emergentes del mismo.
334 30/11/-0001 Recházase la ejecución presupuestaria del Ejercicio Fiscal año 1974, elevada por el Departamento Ejecutivo Municipal con fecha 24 de Abril de 1975.
332 30/11/-0001 Fíjase la siguiente escala salarial para los Obreros y Empleados Municipales de San Justo, a partir del día 1º de Junio de 1975, por las categorías que a continuación se detallan:
331 30/11/-0001 El franqueo y los gastos administrativos necesarios para efectuar notificaciones, intimaciones y toda otra correspondencia relacionadas con el cobro de multas, gravámenes vencidos y cualquier otro acto relacionado con Ordenanzas incumplidas, correrá por cuenta del contribuyente. El cargo a efectuar por tal concepto, queda fijado en la suma de CUARENTA PESOS ($ 40).
330 30/11/-0001 Fíjase como fecha de vencimiento para el cobro del reajuste de la TASA GENERAL del año 1975, por el segundo semestre, el día 30 de Noviembre de 1975.
329 30/11/-0001 Modifícase la Ordenanza Nº 138, de Edificación, en su Capítulo de CERCOS, VEREDAS, TAPIALES, PUENTES Y CUNETAS, en sus arts. nos. 11º, 12º, 13º, 15º, 16º, 18º y 19º, los que quedarán redactados de la siguiente manera:
328 30/11/-0001 Se considera terreno “baldío”, esté o no tapialado, tenga o no vereda, aquel que no está edificado, ni cultivado, ni destinado a uso específico alguno permitido y reglamentado por las Ordenanzas vigentes Municipales.
327 30/11/-0001 Prorrógase el vencimiento de la 1º cuota del Impuesto al Comercio, La Industria y Entidades de Prestación de Servicios producida el 31/08/75 para el día 30/09/75; la 2º cuota a producirse el 30/09/75 para el día 31/10/75; la 3º cuota del 31/10/75 al 30/11/75 y la 4º cuota del 30/11/75 al 31/12/75.
326 30/11/-0001 Autorízace al Departamento Ejecutivo Municipal a abonar la suma de UN MIL TRESCIENTOS PESOS ($a.1300), a cuenta de incrementos salariales, a los Señores secretarios y empleados y obreros municipales por el mes de Junio del corriente año.
325 30/11/-0001 Autorízace al Departamento Ejecutivo Municipal a hacer efectivo el pago, a los Señores Secretarios y Obreros y Empleados Municipales, de un adelanto del cincuenta por ciento (50%) sobre los sueldos y jornales vigentes al 31 de Mayo ppddo., por los meses de Junio y Julio, y, del cien por cien (100%) por el mes de Agosto del corriente año, a cuenta de incrementos salariales.
324 30/11/-0001 Increméntase la TASA GENERAL que fija la ORDENANZA GENERAL FISCAL Nº 301, en un 200 % (DOSCIENTOS POR CIEN) para los inmuebles ubicados en las zonas ESPECIAL, PRIMERA, SEGUNDA, TERCERA Y CUARTA, por el segundo semestre del año 1975, rigiendo el aumento, en consecuencia, a partir del día 1º de Julio de 1975.
323 30/11/-0001 Prorrógase hasta el 15/08/75 el vencimiento de la TASA GENERAL año 1975 correspondiente al 1º y 2º bimestre.