Buscá entre las ordenanzas y decretos del Honorable Concejo Municipal.
| Número | Fecha | Extracto |
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| 1892 | 27/08/2004 | PAVIMENTO, LIBRO DE OPOSICION Y PLAN DE PAGOS - Dispónese la pavimentación y obras complementarias conexas, en las calles de la planta urbana de la ciudad que a continuación se detallan: 1 – L. N. Alem entre Bv. Pellegrini y R. E. de San Martín.- 2 – R. E. de San Martín entre L. N. Alem y Fco. Angeloni.- |
| 1891 | 18/08/2004 | PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS E INVERSIONES Y CALCULO DE RECURSOS PARA EL AÑO 2004 |
| 1890 | 13/08/2004 | Apruébese la formalización de un Convenio entre la Municipalidad de San Justo representada por su Intendente Sr. RODRIGO LEANDRO BORLA D.N.I. Nº 22.917.812 y la Dirección Provincial de Vialidad para ejecutar los trabajos de Movimiento de suelo con extracción lateral en la Ruta Provincial Nº 254-S Tramo: Ñandubay (Ruta Prov. Nº 60) - Int. R.P.Nº 281-S.- |
| 1889 | 10/08/2004 | DECLÁRASE DE INTERÉS MUNICIPAL PERMANENTE el CERTAMEN ARGENTINO DE DOMA Y FOLKLORE, organizado por el Club Colón de San Justo.- |
| 1888 | 02/08/2004 | Declarase de INTERES MUNICIPAL PERMANENTE, el SALON DE PINTURA, DIBUJO Y GRABADO, organizado anualmente por la Subcomisión de Promoción Cultural del Club Colón de San Justo. |
| 1887 | 07/07/2004 | ESTIMULO POR BUEN CUMPLIMIENTO FISCAL: Otorgase el beneficio a los contribuyentes de Tasa General de Inmuebles Urbanos que acrediten tener cancelado en tiempo y forma las respectivas obligaciones correspondientes a los seis últimos meses, quienes gozarán del descuento del 8,33% en el importe neto de la Tasa cuyos vencimientos operen entre el 1º de Julio y el 31 de Diciembre de 2004. |
| 1886 | 07/07/2004 | Autorízase al D.E.M. a celebrar un contrato de Comodato a favor de la Asociación "Amigos y Pilotos de Karting de San Justo (A.PI.KA.SA.)”, con personería jurídica, otorgada por Inspección General de Personas Jurídicas, s/Resolución Nº 145/03, sobre un predio de terreno ubicado dentro del Parque Municipal Dr. René Favaloro.- |
| 1885 | 07/07/2004 | Derogase la Ordenanza Nº 1.534/98. Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un Contrato de Alquiler, el que será parte integrante de la presente ordenanza, con el Sr. Gustavo Cesar MONTU, DNI. Nº 12.984.189,para ser afectado como playa de estacionamiento de camiones. |
| 1884 | 24/06/2004 | Modificase el art. 5º de la Ord. 1632, que a partir de la promulgación de la presente quedará redactado de la siguiente manera: REQUISITOS: para tramitar la licencia habilitante para conducir o para renovar la licencia vencida.- |
| 1883 | 07/06/2004 | DEROGASE las Ordenanzas Nº 576/84 y Nº 822/88. EXÍMESE de intereses resarcitorios y/o recargos sobre los pagos de la Tasa General de Inmuebles Urbanos y del Servicio de Agua Corriente, realizados fuera de término por contribuyentes Jubilados y/o Pensionados.- |
| 1882 | 07/06/2004 | Dispónese la contratación de la firma JUAN CARLOS ANTON CUIL Nº 20-06249865-0 domicilio comercial: San Martín 629, Monje (S.F.), para la reparación y cambio de toda la parte mecánica, arenado y pintado de la barredora de arrastre marca URVIG, por la suma de pesos DIECISEIS MIL QUINIENTOS ($ 16,500,00), IVA incluido. |
| 1881 | 02/06/2004 | Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a percibir del Sr. JOSE LUIS CAVALIERI, L.E. Nº 6.341.629, la suma de pesos: UN MIL, ($1.000,00) como pago cancelatorio del total adeudado en concepto de capital e intereses de Tasa Gral. de Inmuebles Urbanos, Padrón Nº 1043 y del Servicio de Agua Corriente, Padrón Nº 105-17.- |
| 1880 | 31/05/2004 | Fíjase en la suma de $2,00 (Pesos Dos), el valor por metro cuadrado de superficie para el cobro de la TASA SOBRE PANTEONES del Año 2004.- |
| 1879 | 07/05/2004 | REGLAMENTO DE REMISES - Modificase el Inc a) del Articulo 11º de la Ordenanza 1259, el que a partir de la promulgación de la presente quedará redactado de la siguiente manera: a) La edad será la establecida en la Ley Nacional de Transito Nº 24.449 para los conductores profesionales”.- |
| 1878 | 05/05/2004 | Adhiérese la Municipalidad de San Justo a las disposiciones de la LEY FEDERAL DE EDUCACION Título 3 Capítulo 1 Articulo 10º Inciso a. Adhiérese la Municipalidad de San Justo a las disposiciones de la Ley Provincial Nº 10411 y su Decreto Reglamentario Nº 4340/90. La implementación de la presente ordenanza será reglamentada por el D.E.M. a través de la Secretaria de Gobierno, Cultura y Acción Social. |
| 1877 | 03/05/2004 | REGLAMENTO DE REMISES - Derógase el Art. 2º de la Ordenanza Nº 1340.- Modifícase el Inc. a) del Art. 8º de la Ordenanza Nº 1259 el que a partir de la promulgación de la presente, quedará redactado de la siguiente manera: “a) Ser tipo automóvil, cuyo modelo no exceda de diez años de antigüedad, debiendo ser unidades de cuatro puertas con articulación independiente, con capacidad máxima para cuatro pasajeros además del conductor”.- |
| 1876 | 03/05/2004 | Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a percibir el monto ofrecido por el Sr. JAVIER CESAR CERRI, DNI Nº 22.095.201, por la suma de pesos: DOS MIL TRESCIENTOS, ($2.300,00) como pago cancelatorio del total adeudado en concepto de capital e intereses por Agua Corriente hasta la cuota 02 Año 2004 inclusive, del inmueble propiedad de su padre fallecido, CESAR ISMAEL CERRI, inscripto bajo Padrón Nº 472. |
| 1875 | 30/04/2004 | Dispónese el Llamado a Concurso de Precios para la enajenación del lote propiedad de esta Municipalidad identificado como Nº 8 de la Manzana "B" del Barrio Neme de esta ciudad, Plano Nº 86307-Partida Inmobiliaria 06-11-00-029535/0000-2.- Fíjase como precio base para la venta el importe de Pesos SETENTA Y CINCO MIL ($ 75.000-). |
| 1874 | 30/04/2004 | Dispónese el Llamado a Concurso de Precios para la enajenación del lote propiedad de esta Municipalidad identificado como Nº 2 de la Manzana III del Barrio Albizatti de esta ciudad, Dominio Nº 28788- Folio 284-Tomo 203-Partida Inmobiliaria 29346/0000-2. Fíjase como precio base para la venta el importe de Pesos CUARENTA MIL ( $ 40.000-).- |
| 1873 | 19/04/2004 | DEROGANSE las Ordenanzas Nº 1618/99 y Nº 1685/00. REIMPLANTASE a partir de la sanción de la presente Ordenanza, los Derechos Mínimos fijados en el primer párrafo del Art. 7º de la Ordenanza Nº 1583/99 Derecho de Registro e Inspección, |