Buscá entre las ordenanzas y decretos del Honorable Concejo Municipal.
| Número | Fecha | Extracto |
|---|---|---|
| 1003 | 06/04/1990 | Derógase la Ordenanza Nº 943/89.Otórgase al CORO POLIFONICO MUNICIPAL, a la BIBLIOTECA MARIANO MORENO y al CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DEL DPTO. SAN JUSTO, un subsidio mensual de AUSTRALES: SETENTA Y CINCO MIL (A 75.000) a cada uno de ellos, a partir del día 1 de Mayo de 1990. |
| 1002 | 02/04/1990 | Fíjase como retribución básica del Señor Intendente Municipal de la ciudad de San Justo, un DIEZ (10%) por ciento por sobre la mejor retribución del Personal mayor remunerado, en relación de dependencia, incluyendo sueldo básico y adicionales que por Ley Nº 9286 le corresponda. Art. 2º ) La presente norma legal, tendrá vigencia a partir del salario del mes de Febrero de 1990. |
| 1001 | 02/04/1990 | Establécese para el pago de los haberes del mes de Febrero de 1990 los siguientes montos: |
| 1000 | 02/04/1990 | CUADRO TARIFARIO AGUA CORRIENTE - Modifícase el Art. 1 de la Ordenanza 993/90 el que quedará redactado de la siguiente manera: CATEGORIA 1 A 2.000 CATEGORIA 2 A 2.000 CATEGORIA 3 A 10.000 CATEGORIA 4 A 12.000 CATEGORIA 5 A 19.000 CATEGORIA 6 A 16.000 CATEGORIA 7 A 12.500 CATEGORIA 8 A 17.500 |
| 999 | 02/04/1990 | Fíjase para el cobro del mes de abril de 1990, de la Tasa General de Inmuebles, los siguientes montos, por metro lineal de frente y por mes: ZONA ESPECIAL A 1010,00.- ZONA PRIMERA A 860,00.- ZONA SEGUNDA A 730,00.- ZONA TERCERA A 650,00.- ZONA CUARTA A 330,00.- ZONA QUINTA A 130,00.- |
| 998 | 30/03/1990 | Disponese un adelanto de haberes para todo el personal municipal de AUSTRALES: CIENTO OCHENTA MIL (A 180.000.-). La cifra dispuesta por el Art. 1, será absorbida del salario que se disponga para el mes de febrero de 1990, o en su caso compensada del pago de salarios futuros. |
| 997 | 29/03/1990 | Dese curso a las solicitudes de las calles mencionadas a continuación, llamando al respectivo LIBRO DE OPOSICIÓN a la obra, extensión de la red de agua corriente , para su posterior implementación, si así correspondiere: a) SAN ROQUE e/ J. Mantovani y Santa Fe B) CORTADA 40 bis e/R.E. de San Martín y M.S.M. de Balcarce C) J. NEME e/Belgrano y Urquiza |
| 996 | 23/03/1990 | Disponese para el “INSTITUTO BECARIO SAN JUSTO”, una asignación mensual, consistente en el equivalente de un sueldo básico de un agente municipal, categoría “8”, destinado a los fondos para estudios de niños carentes de recursos, a nivel secundario y terciario de esta ciudad. |
| 995 | 23/03/1990 | Establécese el cobro de la Tasa General de Inmuebles Rurales, TRES (3) sectores, a saber: Nº 1, 2 y 3, delimitados según plano adjunto, que pasará a formar parte de la Presente Ordenanza, como Anexo Nº 1. |
| 994 | 14/03/1990 | “La Tasa General de Inmuebles será abonada en DOCE (12) cuotas mensuales, por mes anticipado”. Fíjase para el cobro del mes de marzo de 1990, de la Tasa General de Inmuebles, los siguientes montos por metro lineal de frente y por mes: ZONA ESPECIAL A 683,00.- ZONA PRIMERA A 580,00.- ZONA SEGUNDA A 493,00.- ZONA TERCERA A 435,00.- ZONA CUARTA A 220,00.- ZONA QUINTA A 88,00.- |
| 993 | 06/03/1990 | CUADRO TARIFARIO AGUA CORRIENTE - Modificase el Art. 1 de la Ordenanza 988/90 el que quedará redactado de la siguiente manera: CATEGORÍA 1 A 1.700.- CATEGORÍA 2 A 1.700.- CATEGORÍA 3 A 7.500.- CATEGORÍA 4 A 9.000.- CATEGORÍA 5 A 14.500.- CATEGORÍA 6 A 12.000.- CATEGORÍA 7 A 9.500.- CATEGORÍA 8 A 13.000.- |
| 992 | 27/02/1990 | Modificase el Art. 1 de la Ordenanza Nº 991/90, el que quedará redactado de la siguiente manera en la parte pertinente de las siguientes categorías: haberes del Personal Municipal por el mes de enero de 1990, |
| 991 | 16/02/1990 | Disponese para mes de enero de 1990, para el personal de la Municipalidad de San Justo, la siguiente escala salarial: |
| 990 | 15/02/1990 | Otorgase un incremento salarial del 40% sobre los haberes asignados para el mes de enero de 1990 al Sr. Intendente Municipal de la Ciudad de San Justo. |
| 989 | 15/02/1990 | Modificase el Art. 1 de la Ordenanza Nº 973/89, otorgándose en lugar de CINCO (5) becas establecidas en ella, la cantidad de NUEVE (9) becas de residencias para estudiantes que ingresen o cursen estudios en la Facultad de Agronomía y Veterinaria de la ciudad de Esperanza, dependiente de la Universidad Nacional de Litoral. |
| 988 | 13/02/1990 | CUADRO TARIFARIO AGUA CORRIENTE - Modifícase el Art. 1 de la Ordenanza 975/89 el que quedará redactado de la siguiente manera: CATEGORÍA 1 A 800.- CATEGORÍA 2 A 800.- CATEGORÍA 3 A 3.600.- CATEGORÍA 4 A 4.300.- CATEGORÍA 5 A 6.900.- CATEGORÍA 6 A 5.800.- CATEGORÍA 7 A 4.500.- CATEGORÍA 8 A 6.300.- |
| 987 | 05/02/1990 | Apruébase lo actuado en virtud de las Ordenanzas Nº 824 y 912/89 “LIBRO DE OPOSICIÓN A LA OBRA, ILUMINACIÓN CON LAMPARA A GAS DE MERCURIO”, en: 1) calle Belgrano desde Bv. Pellegrini a J. Neme 2) calle R. E. de San Martín, H. Irigoyen y J. Neme desde Av. Iriondo a Belgrano 3) calle M.S.M. de Balcarse desde Av. Iriondo a Urquiza. |
| 986 | 05/02/1990 | Derogase el Art. 5 de la Ordenanza Nº 956/89. Modificase el Art. 3 de la Ordenanza Nº 975/89, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Establécese que los inmuebles con pileta de natación estarán comprendidos en la categoría 7 e la Ordenanza Nº 940/89 y por el consumo de hasta 40.000 litros mensuales abonarán A 140 por metro cúbico de consumo de agua y por el excedente A 1.120 por metro cubico de consumo o las sucesivas actualizaciones que se produzcan. |
| 985 | 25/01/1990 | Suspéndese la vigencia de la Ordenanza Nº 847/88, por el termino de 45 (cuarenta y cinco) días corridos a partir del día 15 (quince) de enero de 1990 hasta el día 28 (veintiocho) de febrero de 1990, ambos inclusive, la que a partir del día 1 de marzo, volverá a tener vigencia. |
| 984 | 15/01/1990 | Disponese otorgar a todo el personal de la administración Municipal un anticipo de A 30.000 (AUSTRALES: TREINTA MIL). El anticipo que se refiere el articulo anterior será otorgado a cuenta de la remuneración del mes de Enero de 1990 y descontado de dicho pago. |